Caso de Lesiones Después de Patinar Despedido en Delray Beach

A principios de este mes, la Corte de Apelaciones del Cuarto Circuito emitió una opinión en un caso de responsabilidad civil de la Florida que ilustra las dificultades que tienen algunos demandantes en hacer un reclamo cuando están heridos al participar en actividades recreativas en la propiedad de otra persona. El caso le brindó a la corte la oportunidad de aclarar el lenguaje aparentemente confuso en el estatuto sobre actividades recreativas del estado. Al final, la corte resolvió el problema a favor del gobierno (el acusado) y el caso del demandante fue despedido.

Los hechos del caso

El demandante estaba patinando en una calle de Delray Beach cuando se topó con un hueco y se cayó. El demandante sufrió lesiones graves en el incidente y posteriormente presentó una demanda de responsabilidad contra la ciudad. El demandante argumento que la ciudad no mantuvo de manera segura la vía pública.

La ciudad afirmó que el demandante estaba patinando en un área donde no se permite hacerlo y que la ciudad no debería ser considerada responsable. Además, la ciudad señaló el estatuto estatal de uso recreativo, que provee inmunidad a propietarios cuando alguien se lesiona mientras patinando.

En la Florida, es ilegal patinar en la calle, excepto para cruzar. Por lo tanto, el demandante admitió que bajo el estatuto § 316.2065 (11), Fla. Stat., él estaba patinando en un lugar donde no debería haber estado. Sin embargo, el demandante intentó usar ese hecho para su beneficio. El demandante punto al lenguaje del estatuto, que específicamente dice que un propietario no puede ser considerado responsable “de cualquier daño o lesión a la propiedad o personas que surja de la participación de una persona en tal actividad, y que tome lugar en una área designada para tal actividad “.

La posición del demandante era que, de acuerdo con el estatuto, la inmunidad de uso recreativo solo se aplica cuando la persona lesionada patina “en un área designada para tal actividad”. Aquí, el afirmó, que él estaba patinando en una zona prohibida, y que de acuerdo el estatuto no aplicaba.

El tribunal rechazó el argumento del demandante, señalando que produciría un resultado absurdo en el que una persona que patina en un área designada no tendría derecho a recuperación por sus lesiones, pero una persona que estaba patinando donde no debían hacerlo podría recuperar por sus heridas. La corte explicó que esta no era la intención de la legislatura cuando aprobó el estatuto, y despidió el caso del demandante.

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