Tribunal de Apelaciones del Tercer Distrito, Revoca Caso de Muerte Injusta en deporte de Buceo

Con una costera aparentemente sin fin, la Florida es un paraíso para las actividades acuáticas de recreación. Mientras el Tribunal de Apelaciones del Tercer Distrito señalaba al término de su reciente decisión de Diodato v. Islamorada Asset Management, Inc. , muchos residentes de la Florida y turistas en el estado, habitualmente disfrutan de actividades recreativas como esquí acuático, parapente y buceo. Aunque la gran mayoría de quienes se dedican a estas actividades, lo hacen sin incurrir en ningún tipo de lesiones, éstas siguen siendo actividades peligrosas, y la participación en ellas viene con un cierto grado de riesgo. A la luz de los peligros que conllevan éstas y otras formas de recreación, prácticamente todas las empresas en este campo requieren que los clientes firmen contratos que contienen disposiciones comúnmente conocidas como cláusulas de deslinde, que establecen que el cliente asume el riesgo asociado a la actividad. Esta práctica está en el centro de la polémica en Diodato, que desafortunadamente involucró a una mujer de Arizona ahogada, durante una excursión de buceo en aguas profundas, frente a los Cayos de Florida.

El accidente antes mencionado se produjo el 15 de abril del 2010, aunque ésta no era la primera vez que buceaba la ahora difunta. De hecho, ella había obtenido la certificación PADI en Arizona, y había asistido con anterioridad en varias otras ocasiones de buceo, con el principal acusado en éste juicio, Key Dives, una compañía de buceo recreativo, con sede en Islamorada. El fatal accidente, sin embargo, fue un buceo de nivel avanzado, en aguas profundas, que es diferente al buceo de arrecife en aguas abiertas, que había hecho previamente con instructores de Key Dives. Es una práctica común en Key Dives, que los clientes firmen un deslinde de responsabilidad antes de cada buceo. Sin embargo, en éste día del accidente, la fallecida llegó tarde al muelle y no fue requerida para firmar el formato de deslinde. Después de sumergirse unos 10 pies, la difunta hizo señas a uno de los instructores que necesitaba salir a la superficie. El instructor la siguió, pero no le ayudó para poder abordar el barco. Al tratar de abordar el barco, la fallecida perdió el control de agarrar la cuerda pasamanos de la embarcación, y se alejó. En respuesta, el capitán emitió una alarma, y después de una breve búsqueda, la difunta fue encontrada flotando, pero ella ya se había ahogado.

Tras el incidente, el testamento de la difunta trajo una acción de  muerte injusta  contra Key Dives y varios de sus empleados y agentes. Aunque la difunta no había firmado un deslinde de responsabilidad en el día de ese buceo en particular, los acusados ​​argumentaron que otras exenciones de responsabilidad firmadas por la difunta, en relación con otros eventos de buceo con Key Dives, cubrieron el incidente, y protegieron a la compañía de toda responsabilidad. En concreto, en agosto del 2009, la difunta firmó un deslinde de responsabilidad antes de una serie de seis buceos de arrecife en aguas abiertas, y rubricó una disposición sobre el contrato, que declaró que el evento tendría una validez de un año, desde la fecha de su firma. Además, el día anterior al buceo en aguas profundas, el acusado fue a un buceo de arrecife de aguas abiertas que se estaba utilizando como preparación para el próximo buceo avanzado, firmando nuevamente una exención de responsabilidad. Este comunicado fue idéntico al firmado en agosto del año anterior, pero la difunta, en esta ocasión, no firmó la vigencia de un año. Aunque Key Dives intentó que la difunta firmara un formulario de autorización más completo en el día del buceo fatal, que cubría particularidades de la excursión de aguas profundas, la difunta no firmó esta versión, ya que, como se mencionó anteriormente, llegó tarde, y la tripulación no quería retrasar a otros clientes de buceo. Tras el descubrimiento, el tribunal de primera instancia concedió juicio sumario a favor de los acusados, ​​y sostuvo que los comunicados de agosto de 2009 y abril 2010, cubrieron el evento de buceo fatal en cuestión, y, en consecuencia, la difunta había liberado a Key Dives y sus empleados de toda responsabilidad.

El Tribunal de Apelaciones del Tercero Distrito, sin embargo, no estuvo de acuerdo y revocó la concesión de un juicio sumario. En primer lugar, el tribunal señaló que las disposiciones de deslinde, antes de la lesión, aunque permisible bajo la ley de Florida, son “desfavorecidas, y exigible únicamente … en la medida en que la intención de ser liberado de su responsabilidad se hizo clara e inequívoca ….”  Gayon v. Bally’s Total Fitness Corp. ., 802 So.2d 420 (Fla. 3d DCA 2001). Con respecto a las versiones anteriores firmadas por la difunta, el Tribunal de Apelaciones encontró un lenguaje ambiguo en cuanto a su ámbito de aplicación. En particular, el tribunal señaló que el término “actividad” no se definió en ninguna liberación, y se utiliza en singular. Dado que los otros buceos fueron de una naturaleza diferente a la fatal de aguas profundas, no está claro que el término “actividad” se destina a cubrir este tipo de buceo avanzado. Esta conclusión se ve reforzada por el hecho de que el deslinde que la persona fallecida tenía que firmar en el día de su buceo fatal, tenía una mayor amplitud que representó diferencias en los riesgos. En consecuencia, se deducía que la vigencia de un año en el deslinde de agosto, no era completamente destinado a cubrir el buceo mortal, sino sólo la serie de buceos en aguas abiertas comprados en ese tiempo. Por lo tanto, el tribunal concluyó que el lenguaje ambiguo en los comunicados de responsabilidad, los hacía inaplicables con respecto al buceo mortal, y por lo tanto la concesión de un juicio sumario era inadecuado.

Aunque el tribunal se cargó a favor de la persona fallecida en este caso, es importante señalar que el tribunal hizo un punto de mención, que las disposiciones de deslinde en estos contratos se podrían haber modificado fácilmente para cubrir el buceo en aguas profundas. Por ejemplo, el tribunal declaró que la ampliación del alcance del término “actividad” en el momento de la ejecución para incluir “todos y cada uno de los futuros cursos de instrucción, programas, buceos, niveles de certificación, y los viajes en barco de buceo, realizadas por el promotor” habría sido suficiente. En consecuencia, siempre se debe tener cuidado con los acuerdos antes de firmar, en participaciones de actividades recreativas peligrosas. Sin embargo, la mayoría de los clientes no tienen el poder de negociación suficiente, para hacerlo con éxito ante cualquier cambio en los términos de un acuerdo del contrato. En consecuencia, después de una lesión, la recuperación dependerá a menudo, del argumento con el éxito de que un acuerdo firmado antes de la lesión es inaplicable, requiriendo la asistencia de un abogado bien informado. Los abogados de lesiones del Sur de la Florida Frankl Kominsky, tienen amplia experiencia en esta área de la ley y están listos para responder a sus preguntas. No dude en contactarse con nosotros para una evaluación gratuita de su caso.

 

Contact Information