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¿Usar Tacones Altos en la Florida la Hace Parcialmente Negligente en una Caída?

Florida es un Estado de negligencia comparativa, refiérase a la Sección 768.81 de los Estatutos de la Florida, lo que significa que si la negligencia de un demandante contribuyó a su lesión, la recuperación podría ser compensada según la responsabilidad en el daño causado. Por lo tanto, los acusados ​​en demandas por negligencia a menudo argumentan que ciertos actos de la parte demandante contribuyeron a la lesión. Sin embargo, para tener éxito en la compensación de responsabilidad civil, el acusado debe probar que la conducta fue en realidad negligente en el caso. El Tribunal Quinto de Distrito de Apelación recientemente discutieron la dinámica de negligencia comparativa en su decisión en Bongiorno v. Americorp, Inc.

La demandante en Bongiorno se resbaló en lo que ella describió como un piso del baño inusualmente resbaladiza en el edificio de oficinas donde trabajaba. Ella presentó una demanda por negligencia contra el dueño de la propiedad, con el argumento de que la negligencia en el mantenimiento de la planta provocó su caída. Entre las defensas afirmativas afirmados por el acusado fue negligencia comparativa. La evidencia muestra que la demandante llevaba tacones de cuatro a cinco pulgadas en el momento en que cayó. El caso pasó a un juicio sin jurado, después del cual, el juez llegó a la conclusión que tanto el dueño de la propiedad como la demandante eran 50 por ciento responsable de la caída. El juez consideró que la elección de la demandante a llevar tacones tan altos contribuyó a su caída. La parte  demandante recurrió ante el Quinto Distrito, con el argumento de que no había pruebas suficientes en el expediente para demostrar que ella fue negligente por el uso de tacones altos para el trabajo.

Como se señaló anteriormente, la negligencia comparativa es una defensa afirmativa, que coloca la carga sobre el acusado para demostrar la negligencia dela parte perjudicada. Refierase a Cuozzo v. Ronan & Künzl, Inc., 453 So. 2d 902, 903-04 (Fla. 4th DCA 1984). Para probar la negligencia, uno debe establecer los siguientes cuatro elementos: 1) la existencia de un deber de cuidado; 2) el incumplimiento de ese deber; 3) la causalidad (tanto directa como inmediata) entre el incumplimiento del deber y la lesión de uno; y 4) el daño resultante de la infracción. Curd v. Mosaic Fertilizer, LLC, 39 So. 3d 1216, 1227 (Fla. 2010). La cuestión es si el acusado había establecido que la demandante tenía un deber de cuidado razonable para no usar tacones altos dadas las circunstancias.

“En cuanto al deber, la investigación adecuada para la corte de apelaciones es revisar es si la conducta [de la persona] creó una zona previsible de riesgo, no si [la persona] podría prever la lesión específica que ocurrió en realidad.” Dorsey v. Reider, 139 So. 3d 860, 863-64 (Fla. 2014). A pesar de que el demandante podía prever la posibilidad de caer por el uso de zapatos de tacón alto, el Tercer Distrito determinó que sus actos, dadas las circunstancias, no crearon una zona de riesgo previsible. Debido a que el uso de tacones altos en dichas circunstancias no creó una zona de riesgo previsible, se deduce que la demandante no tenía el deber de renunciar a usar tacones, y por lo tanto, no fue negligente. El Quinto Distrito revirtió el tribunal de primera instancia con la instrucción de que los daños del demandante no sean compensados ​​por negligencia comparativa.

Debido a que la negligencia comparativa permite que los daños y perjuicios de un demandante sean compensados, el acusado en una demanda por negligencia casi siempre afirmará que la conducta del demandante contribuyó a su lesión. Por lo tanto, el demandante en una demanda por negligencia debe estar preparado no sólo para establecer la negligencia de la demandada, sino también para defender los argumentos relacionados con su propia posible negligencia. En efecto, independientemente de que la defensa afirmativas sean considerada, llevar un caso desde la queja a la remuneración no es una tarea sencilla. Por lo tanto, aquella persona que ha sido herido como resultado de una posible negligencia, debe considerar encontrar a un abogado con experiencia que le pueda ayudar a maximizar sus posibilidades de obtener alivio. Los abogados de FK especialistas en responsabilidad por propiedad en el sur de la Florida, tienen una vasta experiencia en la representación de lesionados en el Sur de la Florida y están dispuestos a ayudar a aquellos con un posible caso. Póngase en contacto con nosotros si está interesado en una evaluación de su caso sin cargo.

 

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