Cuarta Corte de Apelaciones del Distrito Certifica el Conflicto con el Tercer Distrito Respecto a Responsabilidad en “Resbalón y Caída” ante la Corte Suprema de la Florida

Dada la frecuencia de accidentes llamados “resbalón y caída”, muchos podrían creer que la ley en la zona debe estar bien cimentada, pero la ley de Florida en cuanto a casos de negocios responsables de “resbalar y caer” ha sido bastante inestable durante la última década.

El 26 de Febrero, la Cuarta Corte de Apelaciones del Distrito generó más confusión en el estado de la ley cuando emitió su dictamen en Pembroke Lakes Mall Ltd. v. McGruder . En McGruder, el Juzgado Cuarto de Distrito de Apelaciones sostuvo que la legislación con reciente alteración de la responsabilidad de los propietarios de negocios en los casos de “resbalón y caída”, no se deben aplicar de manera retroactiva a los accidentes que ocurrieron antes de la aplicación de la legislación. Sin embargo, el Tribunal de Justicia en McGruder señaló que está en conflicto directo con un dictamen anterior del Tercer Distrito que sostuvo que la legislación debe aplicarse con carácter retroactivo. Por consiguiente, el Cuarto Distrito certificó la cuestión a la Corte Suprema de Florida para su resolución.

Esta historia inestable de “resbalón y caída” comenzó en 2001, cuando la Corte Suprema de la Florida emitió su decisión en Owens v. Publix Supermarkets, Inc. . En Owens, la Corte Suprema de la Florida sostuvo que “la existencia de una sustancia extraña en el suelo de un local comercial que causa a un cliente caer y lesionarse no es una condición segura, y la existencia de esa condición insegura crea una presunción refutable de que el dueño del negocio no mantuvo el local en condiciones razonablemente seguras. “Owens v. Publix Supermarkets, Inc., 802 So.2d 315, 331 (Fla. 2001). Por lo tanto, “una vez que el demandante establece que él o ella se cayó como resultado de una sustancia extraña en el piso, se tiene la presunción de que el dueño del negocio no mantiene en condiciones seguras su establecimiento. En respuesta a esta celebración, la Legislatura de la Florida en 2002 promulgada § 768.0710, que eliminó el régimen de carga-desplazamiento adoptada en Owens y siempre que un lesionado demandante de “resbalón y caída” debe probar que el propietario de la empresa “actuó con negligencia al no ejercer razonable cuidado” sin derecho o beneficio. Sin embargo, todavía no se tiene conocimiento real o constructivo de la sustancia transitoria. Esto cambió en 2010, cuando la Legislatura de la Florida derogado § 768.0710 y promulgó § 768.0755 , acertadamente titulado “Responsabilidad del Establecimiento de Sustancias Exteriores Transitorias en un Establecimiento Comercial.” La nueva ley es fundamentalmente el mismo que el anterior, salvo que el demandante debe ahora demostrar que el establecimiento comercial tuvo aviso, real o constructivo, de la “situación peligrosa”.

En McGruder, el demandante fue herido en un “resbalón y caída” en un centro comercial antes de la promulgación del § 768.0755, pero presentó una demanda después de la aplicación de la legislación. En consecuencia, la pregunta clave es si § 768.0755 debe aplicarse al caso, o si la ley que indica en el § 768.0710 debe aplicarse. Con respecto a la aplicación retroactiva de las leyes, los tribunales de la Florida aplican una prueba de dos puntos: 1) hizo la legislatura clara intención manifiesta de la ley que se aplica con carácter retroactivo y 2) en ausencia de intención clara, es la ley sustantiva, procesal o correctiva. En general, en ausencia de intención clara, una ley sustantiva no es que se aplicará con carácter retroactivo, pero una ley de procedimiento o correctiva debe aplicarse con carácter retroactivo. Aunque el Tercer Distrito había concluido en una decision previa de que la ley no fue sustancial y, por lo tanto, debe aplicarse con carácter retroactivo, el Cuarto de Distrito sostuvo que la notificación que requiera alterar los elementos de la reclamación de tal manera que la nueva legislación era sustantiva y deben sólo aplicarse de forma prospectiva.

Debido a este nuevo conflicto, el Cuarto Distrito certificó la cuestión a la Corte Suprema de la Florida, que se espera ofrezca algo de claridad en la actual situación revoltosa de retroactividad. El dictamen del Tribunal Supremo tendrá impacto de largo alcance sobre la carga que los demandantes heridos antes de la aplicación del § 768.0755 llevará en su caso de Florida llamado “resbalón y caída” como demandas de negligencia. Dada la inestabilidad general de la ley de la Florida con respecto a “resbalón y caída” como responsabilidad de los propietarios de negocios, la persona debe consultar a un abogado bien informado si él o ella está considerando una demanda con el fin de determinar qué carga se aplica y cómo discutir mejor el caso. Si usted o alguien que usted conoce está considerando una demanda tal, los abogados de negligencia en Florida Frankl Kominsky tienen experiencia con la ley y están listos para proporcionar orientación. Para una evaluación gratis, haga clic aqui o llame al 1-855-800-8000.

 

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