García v. Target: ¿Cuándo un Negocio tiene El Conocimiento de una Condición Peligrosa?

En 2010, la Legislatura de la Florida hizo cambios radicales con relación a la ley con responsabilidad de la Florida llamada “resbalón y caída” para los propietarios de negocios. En ese año, la legislatura § 768.0755 de los Estatutos de la Florida, que requiere formalmente que un demandante en un caso de “resbalón y caída” demuestre que el negocio en el que él o ella se lesionó tenía “conocimiento” de la condición peligrosa que causó la caída. Desde que hay el conocimiento probatorio, y ahora requisito legal, de la responsabilidad de un negocio respecto a la condición peligrosa llamada “resbalón y caída”, es importante entender cómo un demandante deberá dirigirse para hacer tal demostración.

Por lo general, hay dos formas en que un demandante puede demostrar que una empresa tenía conocimiento o “aviso” de la condición peligrosa. En primer lugar, él o ella puede demostrar que el negocio tenía notificación real demostrando que un empleado había sido advertido o informado sobre la condición. Sin embargo, esta es una vía difícil de seguir, ya que un demandante lesionado generalmente no tiene acceso completo a la información necesaria para determinar cual, si así fue, de los empleados había sido advertido acerca de una condición peligrosa. Además, los empleados, aun cuando pudieran ser identificados, por lo general no se acercan a proporcionar esa información. El segundo y más común método para establecer el conocimiento de una condición peligrosa se conoce como “aviso constructivo.” Para mostrar un “aviso constructivo”, un demandante utiliza pruebas circunstanciales relacionadas con la naturaleza y la duración de la condición peligrosa que tiende a mostrar que los empleados que participan en una inspección razonable, habrían sabido de esta condición peligrosa mencionada.

En una reciente decisión del Distrito Sur de la Florida, el tribunal examinó el tipo de evidencia que sería suficiente para mostrar un aviso constructivo implícito de una condición peligrosa. En Garcia v. Target , el tribunal determinó si un demandante había presentado pruebas suficientes para superar una moción de juicio sumario y por lo tanto, dejar que un jurado determinara si hubo aviso constructivo de una condición peligrosa. En García, un cliente se resbaló y cayó por una superficie mojada mientras ella salía de un establecimiento llamado Target, ubicado en Davie, Florida. Target argumentó que el demandante no había podido presentar pruebas suficientes para satisfacer su aviso constructivo referente a un piso resbaloso o mojado, en parte porque no había estado lloviendo el día que el demandante se cayó y el demandante reconoció que no había visto la condición peligrosa antes de resbalarse ni sabía cuánto tiempo había estado allí antes de la caída.

El tribunal, sin embargo, no estuvo de acuerdo. El tribunal señaló que el testimonio de la demandante y su hijo, que le acompañaba en el momento en que cayó, mencionó que había huellas húmedas en la zona donde cayó la demandante. El tribunal razonó que esto creó una cuestión de hecho material de que un jurado podría determinar que los empleados deberían haber sabido o razonablemente descubierto el piso mojado. Para llegar a este resultado, el tribunal citó dos anteriores casos judiciales que abordaron el mismo tema. En el primero, el tribunal consideró una cuestión de hecho material cuando la evidencia mostró que el líquido en el que cayó la demandante, estaba sucio y rayado, y en el segundo, el tribunal consideró una cuestión de hecho material cuando la evidencia mostró que había marcas de rodadas de carritos de compras en la sustancia sobre la que cayó el demandante. En consecuencia, la evidencia tiende a mostrar una cuestión de hecho, en la que otros clientes pudieron haber entrado en contacto con la condición peligrosa antes del accidente, por la que un jurado podría determinar razonablemente que la empresa tenía un aviso constructivo.

Aunque las evidencias de otros clientes que interactúan con una condición peligrosa pueden ser suficientes para mostrar un aviso constructivo, esto ciertamente no es la única manera de que un demandante pueda demostrar un aviso constructivo y conocer la demanda con responsabilidades. Si usted ha sufrido una lesión por accidente llamado “resbalón y caída” en el Sur de la Florida , y están considerando la posibilidad de presentar una demanda de responsabilidad civil local para recuperarse de sus lesiones, los abogados de Frankl Kominsky tienen experiencia considerable no sólo demostrando los avisos constructivos, sino todas las demás facetas de los litigios con premisas de responsabilidad. Ellos están preparados para ofrecer orientación sobre la probabilidad de recuperación en su acción, y están dispuestos a escuchar su historia. Si desea una evaluación gratuita, haga clic aquí o llame al 1-855-800-8000.

 

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